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Cómo hacer la declaración de la Renta paso a paso: borrador, Renta WEB y plazos

Guía para hacer la Renta por internet: identificación, revisión del borrador, domiciliación, pago en dos plazos 60/40 y fechas de la campaña 2025.

Por Matías Angeli · Publicado el 27 de octubre de 2026

Cómo hacer la declaración de la Renta paso a paso: borrador, Renta WEB y plazos

La declaración de la Renta se hace por internet en pocos pasos: te identificas, revisas el borrador que prepara la Agencia Tributaria con tus datos fiscales, lo confirmas o lo corriges y lo presentas. Si no sabes si estás obligado, mira primero quién tiene que hacer la declaración.

En el País Vasco y en Navarra el IRPF lo gestionan las haciendas forales, con sus propios plazos. Lo que sigue es el procedimiento de la Agencia Tributaria estatal.

Fechas de la campaña

En la campaña de la Renta 2025, que se presentó en 2026, el plazo fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026, ambos incluidos, tanto para declaraciones a devolver como a ingresar. Si el resultado era a ingresar y se domiciliaba el pago, el plazo acababa antes: el 25 de junio de 2026. Quien domiciliaba solo el segundo plazo podía hacerlo hasta el 30 de junio.

Las fechas cambian cada año, pero la estructura se repite: la Agencia Tributaria las publica al abrirse la campaña, en abril.

Cómo identificarte

Para entrar en Renta WEB, el servicio de la sede electrónica, puedes usar:

  • Certificado electrónico (por ejemplo, el de la FNMT: cómo obtenerlo).
  • Cl@ve Móvil. Si no estás registrado, mira cómo registrarte en Cl@ve.
  • Número de referencia, que puedes solicitar en la propia sede.
  • eIDAS, para ciudadanos de otros países de la Unión Europea.

En una declaración conjunta se necesita además el NIF del cónyuge y su número de referencia o su Cl@ve Móvil.

Paso a paso

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el servicio de Renta, e identifícate.
  2. Consulta tus datos fiscales: son la información que la Agencia ha recibido de pagadores, bancos y otros. Comprueba que coinciden con lo que sabes.
  3. Revisa el borrador, que ya incluye esos datos. Mira tu situación personal y familiar (hijos, ascendientes, discapacidad) y las deducciones que te puedan afectar.
  4. Añade lo que falte: alquileres cobrados o pagados, aportaciones a planes de pensiones, donativos, etc.
  5. Si todo es correcto, confirma el borrador. Si no, modifícalo antes de presentarlo.
  6. Elige cómo pagar o dónde recibir la devolución, e indica tu IBAN.
  7. Presenta la declaración y guarda el justificante con el código seguro de verificación.

Si la declaración se acepta, recibes el justificante con fecha y hora. Si se rechaza, la sede te muestra los errores para corregirlos.

Pagar la Renta: domiciliar y fraccionar

Si te sale a ingresar, tienes varias opciones:

  • Domiciliar el pago en tu cuenta. Es obligatorio si presentas por teléfono o en oficina.
  • Pagar con el documento de ingreso en un banco colaborador, o por internet con tarjeta o Bizum, antes del fin del plazo.
  • Fraccionar en dos plazos: pagas el 60 % al presentar y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre (en la campaña 2025, hasta el 5 de noviembre de 2026). El fraccionamiento no lleva intereses ni recargo, pero debes presentar en plazo y pagar el 60 % a tiempo; las autoliquidaciones complementarias no pueden fraccionarse.

Si domiciliaste el primer plazo, puedes domiciliar el segundo hasta el 2 de noviembre. Quien solo domicilia el segundo plazo tiene hasta el 30 de junio.

Si no puedes pagar lo que te sale, consulta cómo pagar o aplazar una deuda.

Presentar por teléfono o en oficina

Además de internet, la Agencia Tributaria permite presentar por teléfono (necesitas NIF, número de referencia o Cl@ve Móvil, e IBAN para domiciliar) y en oficina con cita. Para quien necesita ayuda con la confección, en la campaña 2025 hubo atención telefónica "Le llamamos" desde el 6 de mayo y atención presencial desde el 1 de junio, con citas abiertas unos días antes. Los pasos para pedir cita están en la guía de cita previa.

Puedes localizar tu oficina más cercana en nuestro buscador.

Antes de presentar

Comprueba que los datos de los hijos y de la vivienda son correctos, que tu IBAN está bien escrito y que has revisado las deducciones autonómicas que correspondan a tu comunidad. Una vez presentada, si descubres un error, no la presentes de nuevo: tendrás que hacer una declaración rectificativa o una autoliquidación complementaria, según el caso.

Para consultar el detalle de cada año, la fuente oficial es el manual práctico de la Renta en la sede electrónica.

Si tu declaración sale a devolver

Cuando el resultado es a devolver, indica en la declaración la cuenta en la que quieres cobrar y revisa que el IBAN es correcto y que eres titular. Puedes consultar el estado de tu declaración en la sede electrónica con tu medio de identificación, sin necesidad de llamar ni pedir cita.

Presentar pronto te permite resolver antes cualquier error que detectes en el borrador y evita las prisas de los últimos días, cuando la sede recibe más tráfico.

Documentos que conviene tener a mano

Aunque el borrador se rellene con los datos que ya tiene la Agencia Tributaria, no siempre incluye todo. Antes de empezar, reúne:

  • Certificados de retenciones de tu empresa o pagador, por si algún dato no aparece.
  • Justificantes de gastos deducibles que no se comunican automáticamente, como algunos donativos o gastos de alquiler.
  • Los datos catastrales de tus inmuebles, si tienes alguno distinto de la vivienda habitual.
  • Un certificado bancario de intereses o dividendos si hay discrepancias.
  • Tu IBAN y, en declaración conjunta, el NIF del cónyuge.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la Renta fuera de plazo?

Si presentas fuera de plazo sin que la Agencia Tributaria te haya requerido antes, la declaración se considera extemporánea y puede llevar recargos. Los importes dependen del retraso y del resultado, así que consulta las condiciones vigentes en la sede electrónica.

¿Puedo presentar la Renta si el resultado es a ingresar y no quiero domiciliar?

Por teléfono o en oficina no puedes presentar una declaración a ingresar sin domiciliar el pago. Por internet sí: obtienes el documento de pago y lo abonas en un banco colaborador, con tarjeta o con Bizum antes de que acabe el plazo.

¿Y si vivo en el País Vasco o en Navarra?

El IRPF de residentes lo gestionan las haciendas forales de cada territorio, con sus propios plazos y programas. Esta guía describe el procedimiento de la Agencia Tributaria estatal.